Tres consejos para presentar una solicitud de licencia ante OFAC para desbloquear fondos
Cada día, instituciones financieras estadounidenses y otras entidades bloquean transferencias de fondos al considerar que el bloqueo es necesario para cumplir las normas de sanciones económicas administradas por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos.
Como sabrán los lectores de este blog, OFAC designa a personas y entidades presuntamente involucradas en actividades declaradas contrarias a la seguridad nacional y los intereses de política exterior de Estados Unidos conforme a distintas autoridades legales. Estas designaciones bloquean los bienes y derechos sobre bienes que se encuentren dentro de la jurisdicción estadounidense o en posesión o bajo el control de personas estadounidenses.
Algunos de estos bloqueos son correctos; otros no. Aunque el personal de cumplimiento de las instituciones financieras intenta identificar intereses sancionados en los mensajes de pago y demás información que revisa, en ocasiones trabaja con datos incorrectos, confusos o imprecisos. En esas circunstancias, pueden bloquearse transacciones que no deberían estarlo.
Aunque las normas de OFAC son la causa de estos bloqueos, también ofrecen un mecanismo para resolverlos: 31 C.F.R. § 501.806. Esta disposición establece el procedimiento mediante el cual una parte con interés en una transferencia bloqueada puede solicitar a OFAC una licencia para liberar los fondos cuando el bloqueo se deba a un error de identidad.
La página de instrucciones para la liberación de fondos bloqueados del Portal de Licencias de OFAC también explica qué debe incluir una solicitud. Sin embargo, puede dar la impresión equivocada de que basta con introducir datos en los campos del formulario. Por ese motivo, considero que seguir la propia normativa ofrece una guía más útil para preparar una solicitud exitosa.
Aunque la norma constituye un excelente punto de partida, mi experiencia demuestra que las solicitudes exitosas requieren defensa y argumentación, no una simple introducción de datos. Detrás de esos datos existe una historia que puede revelar dónde se produjo el bloqueo erróneo. Es importante explicarla. Los siguientes consejos pueden ayudar a presentar esa historia y aumentar las posibilidades de obtener la liberación de los fondos.
Consejo n.º 1: Cualquiera puede presentar una solicitud, pero no todos deberían hacerlo
Las normas de OFAC sobre el desbloqueo y la liberación de fondos establecen claramente que «cualquier persona que sea parte de la transacción» puede solicitar la liberación de fondos bloqueados conforme a un programa administrado por OFAC. 31 C.F.R. § 501.806(a).
Esto es importante porque muchas transferencias bloqueadas son pagos transfronterizos en los que varias partes extranjeras pueden mantener un interés. Las personas estadounidenses involucradas quizá no quieran solicitar la liberación porque no la consideran su responsabilidad o porque no justifica dedicar recursos, como puede suceder con una institución financiera estadounidense. Una empresa o persona estadounidense también podría temer que la solicitud atraiga la atención de OFAC. Sin embargo, esa segunda preocupación no está justificada, ya que dentro de los diez días siguientes al bloqueo se presentará un informe a OFAC que probablemente identificará a las partes estadounidenses pertinentes.
Por tanto, con frecuencia corresponde a las partes extranjeras solicitar autorización a OFAC para liberar los fondos. Como indica 31 C.F.R. § 501.806(a), cualquier parte de la transacción puede solicitarla. Esto desmiente la idea común, pero errónea, de que únicamente las personas estadounidenses pueden solicitar una licencia de OFAC.
Sin embargo, que cualquier parte pueda solicitar el desbloqueo no significa que deban presentarse varias solicitudes. La recepción de solicitudes múltiples puede retrasar su tramitación y la decisión final. En ocasiones, OFAC ha pedido a distintas partes que solicitaron la liberación de una misma transferencia que retiren una o más de las solicitudes pendientes. Además, distintos solicitantes podrían presentar información contradictoria, lo que pondría en duda la credibilidad de todas las declaraciones.
Cuando varias partes tengan interés en una transacción, deben coordinar quién presentará la solicitud y asegurarse de que exista coherencia respecto de los hechos. En resumen, OFAC debería revisar una sola solicitud y un único conjunto de hechos y argumentos al decidir si libera los fondos.
Consejo n.º 2: Realice su propia diligencia debida antes de presentar la solicitud
Una de las mayores dificultades consiste en que el solicitante desconoce qué información utilizó la institución financiera para justificar el bloqueo y qué datos incluyó en su informe.
Por ello, debe revisarse nuevamente la transacción para comprender su verdadero propósito y determinar la titularidad real de todas las partes involucradas, incluidas instituciones financieras, agentes, intermediarios, aseguradoras y embarcaciones. La entidad que bloqueó el pago observó algún elemento que consideró suficiente para hacerlo. El solicitante debe intentar reconstruir el análisis para descubrir qué pudo haber identificado la institución durante su investigación.
Si no aparece ninguna conexión sancionada —lo cual es positivo—, debe investigarse dónde pudo producirse el error. Por ejemplo:
- ¿Tiene una contraparte un nombre similar al de una persona sancionada?
- ¿El mensaje de pago o la documentación menciona una jurisdicción bloqueada, como Cuba?
- ¿Existen direcciones que pudieran haber activado la revisión y el bloqueo?
Quien solicita una licencia para liberar una transferencia bloqueada probablemente desconozca las razones exactas del bloqueo. Por ello, será necesario investigar sus posibles causas e incluir los resultados en la solicitud presentada ante OFAC.
Consejo n.º 3: Adjunte una solicitud escrita independiente con pruebas y argumentos
El portal de licencias de OFAC permite adjuntar documentos. Para nuestros clientes, siempre adjunto una solicitud escrita que complementa y contextualiza la información introducida en el formulario y expone los fundamentos jurídicos por los que los fondos fueron bloqueados incorrectamente.
En primer lugar, OFAC puede no comprender el argumento a favor del desbloqueo si únicamente revisa la información estática del formulario. Por ejemplo, dos personas pueden tener nombres similares. Una carta adjunta permite explicar errores de identidad, direcciones asociadas con nombres incluidos en la lista SDN que no guardan relación con la transferencia y otros elementos relevantes. Debe explicarse cómo la información presentada demuestra que el bloqueo fue improcedente.
En segundo lugar, la carta permite señalar aspectos de la transacción que pudieron provocar el bloqueo, pero que también justifican su liberación. Una parte bloqueada podría haber tenido interés en la operación, pero esta podía tener un propósito exento o autorizado. Es posible que la exención o autorización no fuera evidente en el mensaje de pago ni en la información disponible para el personal de cumplimiento, pero será relevante para que OFAC determine si el bloqueo fue jurídicamente correcto.
Finalmente, una presentación escrita detallada crea un expediente de las razones y pruebas que justifican el desbloqueo. Al preparar el expediente de su decisión, OFAC debe considerar la información relevante conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo (APA) y explicar por qué la considera poco creíble o no determinante si decide descartarla. Por ello, para desarrollar un expediente que pueda utilizarse en una impugnación posterior, conviene acompañar la solicitud con una carta que exponga de manera completa el caso a favor del desbloqueo.
Las licencias de OFAC para liberar fondos pueden ser difíciles de obtener. No obstante, estos asuntos suelen permitir una evaluación más clara de las posibilidades de aprobación. Una investigación adecuada antes de presentar la solicitud puede ofrecer una buena idea de las probabilidades de éxito.
No existen certezas ante OFAC, pero estos consejos ayudarán a evaluar si el desbloqueo es viable y aumentarán las posibilidades de obtener la licencia.
Acerca de Ferrari & Associates
Ferrari & Associates es un despacho de Washington, D.C., dedicado exclusivamente a las sanciones económicas estadounidenses. Su equipo incluye a antiguos directivos de OFAC y abogados litigantes especializados en sanciones que representan a clientes en investigaciones de ejecución, solicitudes de exclusión, licencias, desbloqueo de activos y cumplimiento. Ferrari & Associates lleva dos décadas dedicada exclusivamente a asuntos ante OFAC y ha litigado con éxito casos de sanciones contra el Departamento del Tesoro de Estados Unidos.