Cierre de revisión de cumplimiento de OFAC relacionada con Rusia con carta de advertencia y sin multa
On September 2, 2026, OFAC closed its enforcement review of our clients’ dealings in blocked property under the Russia sanctions program with a cautionary letter and no civil monetary penalty. The clients, non-U.S. investment holding companies, held U.S. real estate and bank accounts blocked because a designated individual briefly served as trustee of the trusts above them. We reported the blocked property, applied for specific licenses, sued OFAC after more than a year without a decision, and obtained five licenses unblocking the property.
- Program: Russia — Executive Order 14024; 31 C.F.R. part 587
- Enforcement response: Cautionary letter, September 2, 2026 — no civil monetary penalty, no Finding of Violation, no settlement
- Licensing: Five specific licenses unblocking every property at issue, after three interim licenses issued within two months of filing suit
- Litigation: APA unreasonable-delay suit, 5 U.S.C. §§ 555(b) and 706(1), D.D.C.; dismissed after the licenses issued, roughly eight months after the complaint
- Clients: Non-U.S. holding companies owned by foreign trusts; blocked accounts and U.S. real estate (identities withheld)
Situación:
En 2023, OFAC designó a un individuo no estadounidense y a una empresa de fideicomiso extranjera conforme a la Orden Ejecutiva 14024 en una acción relacionada con Rusia. El individuo fue entonces fideicomisario de los fideicomisos extranjeros que poseían a nuestros clientes, sociedades de inversión afiliadas, y director de sus directores corporativos. Renunció a cada posición el mismo día. No importó. Porque una persona designada tenía una participación indirecta en la propiedad estadounidense de las empresas en el momento de la designación, esa propiedad fue bloqueada: cuentas bancarias, una participación de tenencia conjunta en una propiedad comercial, y un condominio residencial. Un banco estadounidense bloqueó una cuenta dentro de días; las empresas reportaron sus bienes raíces como bloqueados ese octubre.
Este es un patrón de hechos común: una persona designada se sitúa en algún lugar dentro de una estructura de fideicomiso extranjero o corporativa, los activos estadounidenses por debajo de él se bloquean en el momento de la designación, y removerlo no los libera. La propiedad bloqueada permanece bloqueada hasta que OFAC autoriza su liberación. 31 C.F.R. § 501.801(b)(2).
Riesgos:
La propiedad bloqueada no puede ser mantenida, asegurada, o utilizada para pagar impuestos sin autorización de OFAC. Mientras las solicitudes permanecían sin resolver, las empresas no podían pagar impuestos federales y estatales, facturas de proveedores de servicios, o cuotas del condominio. Un departamento de ingresos estatal emitió una evaluación final y amenazó con cobro; la junta de condominios dio aviso de gravamen y ejecución hipotecaria; el asegurador de la propiedad canceló la cobertura. Cada aparente violación en la revisión de cumplimiento separada de OFAC llevaba una multa civil máxima por ley de la cantidad mayor entre $377.700 o el doble del valor de la transacción.
Resultado:
Reportamos la propiedad bloqueada a OFAC conforme a 31 C.F.R. § 501.603 y, entre octubre de 2023 y febrero de 2024, presentamos cinco solicitudes de licencia específica para desbloquearla, cada una mostrando que ninguna persona sancionada permanecía en la estructura. Durante 2024 suplementamos las aplicaciones con los avisos de impuestos, facturas, amenaza de gravamen, y cancelación de seguro, solicitando procesamiento expedito.
Después de más de un año sin decisión, demandamos ante la Corte del Distrito de Estados Unidos para el Distrito de Columbia conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo, 5 U.S.C. §§ 555(b) y 706(1), para obligar a OFAC a actuar. Dentro de un mes de la demanda, OFAC emitió una solicitud de información; dentro de dos meses, tres licencias provisionales autorizando transacciones relacionadas con mantenimiento; y la corte dictó un cronograma acordado fijando plazos para las preguntas y decisiones de OFAC. Después de tres rondas de preguntas de seguimiento, aproximadamente ocho meses después de la demanda, OFAC otorgó las cinco solicitudes de licencia y desbloqueó toda la propiedad en cuestión. Desestimamos voluntariamente la acción.
El 2 de septiembre de 2026, OFAC cerró su revisión de cumplimiento de las transacciones de las empresas en la propiedad bloqueada con una carta de advertencia. Después de considerar los Factores Generales en sus Directrices de Cumplimiento, la agencia eligió no perseguir una multa civil monetaria o cualquier otra acción de cumplimiento. No se emitió un Hallazgo de Violación y no fue requerido ningún acuerdo. Conforme a las Directrices de Cumplimiento, una carta de advertencia es la respuesta de cumplimiento final más favorable que OFAC emite, aparte de una carta de no acción.
Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar; cada asunto depende de sus propios hechos. Los detalles de identificación del cliente han sido omitidos. Este resumen de resultado es solo informativo y no constituye asesoría legal.
CRONOLOGÍA
2023: OFAC designa a un individuo no estadounidense y a una empresa de fideicomiso extranjera conforme a O.E. 14024. El individuo, entonces fideicomisario de los fideicomisos que poseen a los clientes, renuncia a cada posición el mismo día. La propiedad estadounidense de los clientes se bloquea en el momento de la designación; un banco estadounidense bloquea una cuenta dentro de días.
Octubre de 2023 – Febrero de 2024: Propiedad bloqueada reportada a OFAC conforme a 31 C.F.R. § 501.603. Cinco solicitudes de licencia específica presentadas para desbloquearla, cada una mostrando que ninguna persona sancionada permanece en la estructura.
2024: Aplicaciones suplementadas con los avisos de impuestos, facturas, amenaza de gravamen, y cancelación de seguro; procesamiento expedito solicitado.
Después de más de un año sin decisión: Demanda por demora irrazonable conforme a la APA presentada ante la Corte del Distrito de Estados Unidos para el Distrito de Columbia, 5 U.S.C. §§ 555(b) y 706(1). OFAC emite una solicitud de información dentro de un mes.
Dentro de dos meses de la demanda: Tres licencias provisionales autorizan transacciones relacionadas con mantenimiento. La corte dicta un cronograma acordado fijando plazos para las preguntas y decisiones de OFAC.
Aproximadamente ocho meses después de la demanda: Después de tres rondas de preguntas de seguimiento, OFAC otorga las cinco solicitudes de licencia y desbloquea toda la propiedad en cuestión. La acción es desestimada voluntariamente.
2 de septiembre de 2026: OFAC cierra su revisión de cumplimiento con una carta de advertencia: sin multa civil monetaria, sin Hallazgo de Violación, sin acuerdo.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Qué es una carta de advertencia de OFAC?
Una de las respuestas de cumplimiento en las Directrices de Cumplimiento de Sanciones Económicas de OFAC, 31 C.F.R. parte 501, Apéndice A, § II.C. OFAC emite una cuando un Hallazgo de Violación o una multa civil monetaria no están justificados pero quiere poner al destinatario sobre aviso sobre la conducta o sus prácticas de cumplimiento. Es una respuesta de cumplimiento final, no una determinación de que ocurrió una violación, y no conlleva multa monetaria alguna.
¿Puede demandar a OFAC cuando una solicitud de licencia permanece sin resolver?
Sí. La Ley de Procedimiento Administrativo requiere que una agencia concluya los asuntos que se le presentan dentro de un tiempo razonable, 5 U.S.C. § 555(b), y permite que una corte obligue a una agencia a actuar sobre acciones ilegalmente retenidas o irrazonablemente demoradas, 5 U.S.C. § 706(1). Nuestro caso nunca llegó a sentencia: licencias provisionales fueron emitidas dentro de dos meses de presentar la demanda, la corte dictó un cronograma acordado para la revisión de OFAC, y licencias completas fueron emitidas dentro de ocho meses, después de lo cual la desestimamos. Si una demora es irrazonable, y qué una demanda produce, depende de los hechos de cada caso.