EL DESAFÍO
Los activos pueden quedar restringidos debido a la participación de una persona designada, la Regla del 50 % de OFAC, la ruta de la transacción, información incompleta o los controles de sanciones de una institución financiera. La explicación inicial del banco podría no contar toda la historia. Una vez que los activos se notifican como bloqueados, su liberación puede requerir pruebas adicionales, autorización de OFAC o ambas. Las solicitudes incompletas y las explicaciones contradictorias pueden prolongar la restricción y dificultar la recuperación.
¿Cómo se resuelve?
Los activos pueden quedar restringidos debido a la participación de una persona designada, la Regla del 50 % de OFAC, la ruta de la transacción, información incompleta o los controles de sanciones de una institución financiera. La explicación inicial del banco podría no contar toda la historia. Una vez que los activos se notifican como bloqueados, su liberación puede requerir pruebas adicionales, autorización de OFAC o ambas. Las solicitudes incompletas y las explicaciones contradictorias pueden prolongar la restricción y dificultar la recuperación.
Evaluación rápida de asuntos de inclusión en listas
<p”>Cuando se restringen fondos o activos, la prioridad es preservar el historial de la transacción y evitar comunicaciones contradictorias. Actuamos rápidamente para determinar quién impuso la restricción, por qué ocurrió, qué se notificó a OFAC y qué información se necesita para impugnarla o resolverla.
La evaluación inicial suele incluir: avisos de bloqueo o rechazo, comunicaciones bancarias, registros de cuentas y pagos, información SWIFT o de transferencias, contratos y facturas, origen y uso previsto de los fondos, información sobre propiedad y control, resultados del control de sanciones, contrapartes relevantes y presentaciones o licencias anteriores de OFAC.
NUESTRO ENFOQUE
Cómo impulsamos la liberación de activos bloqueados
Aclarar la restricción
Determinamos si se trata de un bloqueo jurídico, una transacción rechazada o una retención interna de la institución financiera. Identificamos el programa de sanciones aplicable, las partes incluidas en listas, los intereses de propiedad, los intermediarios y la ruta de la transacción. Comparamos el fundamento indicado con los reglamentos y las directrices de OFAC. Un diagnóstico claro determina si el asunto debe abordarse con la institución financiera, con OFAC o con ambos.
Preparar el expediente de recuperación
Desarrollamos un expediente coherente y verificable que explique las partes, la propiedad, el propósito de la transacción, el origen y uso previsto de los fondos y, cuando corresponda, la ausencia de intereses prohibidos. Abordamos directamente coincidencias de nombres, cuestiones de propiedad, rutas de pago e inconsistencias. Organizamos declaraciones, acuerdos, registros de pago y materiales de cumplimiento según el criterio jurídico aplicable a la liberación o autorización.
Impulsar la liberación
Presentamos la solicitud por el canal adecuado y gestionamos las comunicaciones posteriores con la institución financiera y OFAC. Respondemos a solicitudes de información adicional y mantenemos un expediente coherente. Coordinamos licencias, estructuras alternativas, comunicaciones con contrapartes y otras medidas de continuidad mientras la solicitud está pendiente. Si el proceso se estanca, evaluamos opciones de escalamiento según los hechos, la autoridad aplicable y la situación procesal.
¿Activos bloqueados o fondos congelados?
Asesoramos a clientes sobre licencias de OFAC, fondos bloqueados, estrategias de recuperación y cuestiones de continuidad derivadas de las regulaciones de sanciones estadounidenses.